Ley de Demencia Histórica o Ley de Memoria Selectiva

Fue aprobada durante la gobernanza de Rodríguez Zapatero la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, conocida como Ley de memoria histórica. En ella se establecieron medidas de muy distinta índole: Declaración de ilegitimidad de las condenas y sanciones impuestas durante el franquismo, declaraciones de reparación y mejoras de las prestaciones de los familiares y los fallecidos durante la Guerra Civil y medidas para la identificación y localización de víctimas, entre otras. No resulta baladí recordar que esta ley sigue vigente hoy en día y no fue derogada por gobiernos posteriores.

No obstante, el pasado 30 de agosto el Gobierno presentó en el Congreso de los Diputados una nueva norma en esta materia: El Proyecto de Ley de Memoria democrática. En su exposición de motivos se dispone lo siguiente: […] Desde el fin de las guerras civiles y conflictos mundiales que asolaron Europa en el siglo XX, y especialmente desde el Holocausto, el impulso de las políticas de memoria democrática se ha convertido en un deber moral que es indispensable fortalecer para neutralizar el olvido y evitar la repetición de los episodios más trágicos de la historia […] Los procesos de memoria son un componente esencial de la configuración y desarrollo de todas las sociedades humanas, y afectan desde los gestos más cotidianos hasta las grandes políticas de Estado.[…] Por eso, la principal responsabilidad del Estado en el desarrollo de políticas de memoria democrática es fomentar su vertiente reparadora, inclusiva y plural.[…]

Así, y en atención a la importancia de la memoria histórica para el futuro de Europa en general, y de España en particular, la exposición de motivos de esta norma de no hace ninguna referencia a un hito jurídico de importancia capital: La Resolución del Parlamento Europeo, de 19 de septiembre de 2019, sobre la importancia de la memoria histórica europea para el futuro de Europa. En la misma se hace un importante recordatorio a los estados miembros de la Unión Europea en sus consideraciones. En concreto se estipula:

[….] Considerando que hace 80 años, el 23 de agosto de 1939, la Unión Soviética comunista y la Alemania nazi firmaron un Tratado de no Agresión, conocido como el Pacto Molotov-Ribbentrop, y sus protocolos secretos, por el que Europa y los territorios de Estados independientes se repartían entre estos dos regímenes totalitarios y se agrupaban en torno a esferas de interés, allanando así el camino al estallido de la Segunda Guerra Mundial; […]Considerando que, mientras que los crímenes del régimen nazi fueron evaluados y castigados gracias a los juicios de Núremberg, sigue existiendo la necesidad urgente de sensibilizar sobre los crímenes perpetrados por el estalinismo y otras dictaduras, evaluarlos moral y jurídicamente, y llevar a cabo investigaciones judiciales sobre ellos […]Considerando que, en algunos Estados miembros, las ideologías comunista y nazi están prohibidas por ley […]

La importancia histórica de esta resolución para Europa, y por extensión para España, es capital, en la medida que suscribe el imperativo moral de condenar los crímenes de todos los regímenes autoritarios, con independencia de que estos fueran abiertamente dictatoriales, o bien lo fueran de facto, aunque se autodenominaran repúblicas democráticas. Esta resolución tiene como fin concienciar al conjunto de la ciudadanía en la necesidad de no olvidar a la mitad de los culpables y, más importante que ello, de no olvidar a la mitad de las víctimas. En este sentido, en la misma se dispone: […] Condena toda manifestación y propagación de ideologías totalitarias, como el nazismo y el estalinismo, en la Unión; […] Pide una cultura común de memoria histórica que rechace los crímenes de los regímenes fascistas y estalinistas, y de otros regímenes totalitarios y autoritarios del pasado, como medio para fomentar, en particular entre las generaciones más jóvenes, la resiliencia ante las amenazas modernas que se ciernen sobre la democracia […]

De vuelta a España y en relación con la futura Ley de Memoria democrática de este gobierno, esta establece diversas medidas en materia de derechos de las víctimas, búsqueda de personas desaparecidas, colaboración entre administraciones públicas, archivos y documentación, así como en lo relativo a símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática. El artículo 3 establece expresamente la consideración de víctima sin incluir en la misma a los ejecutados y represaliados durante el período desde 1931 hasta 1936. Así, este artículo acota la consideración de víctima, y por ende también de victimario, a los agraviados por acciones u omisiones que constituyan violación de los derechos humanos durante un periodo concreto: desde el Golpe de Estado de 18 de Julio de 1936, la posterior Guerra y la Dictadura, y hasta la entrada en vigor de la Constitución española de 1978.

Es cuanto menos peculiar, que este mismo artículo 3 dispone que una persona será considerada víctima con independencia de que exista o no autoría conocida de la violación de sus derechos. Asimismo, esta nueva norma dispone un régimen sancionador en el que se tipifican un catálogo de infracciones y sanciones, en el que no se hace tampoco mención expresa a los hechos acaecidos en el período 1931-1936. Así, a modo de ejemplo, se considera infracción muy grave, que podría ser sancionada con multa de hasta 150.000 euros, la convocatoria de actos, campañas de divulgación o publicidad que por cualquier medio de comunicación pública sean contrarias a la normativa sobre memoria democrática, inciten a la exaltación de la Guerra o de la Dictadura, cuando entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares.

A lo largo de las últimas décadas, ha sido una tendencia generalizada por parte de los historiadores, tanto nacionales como foráneos, la necesidad de retratar la gravedad de los sucesos acaecidos durante la II República Española. A las pocas semanas de la partida de Alfonso XIII, la quema de conventos y establecimientos religiosos llegó a ser de más de 200 en toda España en menos de dos días, teniendo como resultado unas cifras desoladoras de personas asesinadas o gravemente heridas. Esta ola de anticlericalismo venía acompañada de disolución de la Compañía de Jesús por imperativo de la constitución promulgada ese mismo año. Unos años después, y ya iniciada la guerra civil, los innumerables crímenes contra el clero alcanzaron su peor paradigma con el asesinato de Apolonia Lizárraga; la religiosa fue salvajemente descuartizada viva en la checa de San Elías y sus restos fueron arrojados a los cerdos. Los cronistas de la época relataban que sus captores se jactaban de repartir “chorizos de monja” por las tabernas de la zona tras la matanza de aquellos cerdos.

Otros sucesos tales como la insurrección anarquista de Casas Viejas, y posterior matanza de civiles por parte de las fuerzas gubernamentales, el intento fallido de golpe de estado por parte del General Sanjurjo, así como la insurrección armada de 1934 en Asturias auspiciada por la CNT y la FAI, así como por Francisco Largo Caballero, la cual se cobró cerca de 2000 muertos y 25.000 detenidos en menos de dos semanas, son breve muestra de las innumerables tropelías cometidas en aquellos tiempos.

Más allá de las consideraciones de unos y otros autores en el pasado más reciente, resulta imperativo recabar los testimonios de los coetáneos de la República. Clara Campoamor, icono del republicanismo, impulsora del sufragio femenino, y poco sospechosa de alentar el franquismo, en su libro “La revolución española vista por una republicana”, le dedicó unos párrafos a los últimos años de la II República:

[…] Se ocuparon tierras, se propinaron palizas a los enemigos, se atacó a todos los adversarios, tildándolos de «fascistas» […] Iglesias y edificios públicos eran incendiados, en las carreteras del sur eran detenidos los coches, como en los tiempos del bandolerismo, y se exigía de los ocupantes una contribución en beneficio del Socorro Rojo Internacional […] Con pueriles pretextos se organizaron matanzas de personas pertenecientes a la derecha. Así, el 5 de mayo se hizo correr el rumor de que señoras católicas y sacerdotes hacían morir niños distribuyéndoles caramelos envenenados.» «Un ataque de locura colectiva se apoderó de los barrios populares y se incendiaron iglesias, se mataron sacerdotes y hasta vendedoras de caramelos en las calles. En el barrio de Cuatro Caminos fue horriblemente asesinada una joven francesa profesora de una escuela […] Estos hechos fueron denunciados en el Parlamento, y he aquí la lista de actos violentos, tal y como se imprimió en el Diario de Sesiones sin que el Gobierno los negara:

«Hechos acaecidos en plena paz y bajo el ojo indiferente de la policía, entre el 16 de febrero y el 7 de mayo de 1936, es decir, a los 3 meses de gobierno del Frente Popular: -Saqueo de establecimientos públicos o privados, domicilios particulares o iglesias: 178 Incendios de monumentos públicos, establecimientos públicos o privados e iglesias: 178. Atentados diversos contra personas de los cuales 74 seguidos de muerte: 712.»

[…]He aquí la situación en la que se encontraba España tres meses después del triunfo del Frente Popular. […] Los anarcosindicalistas se han preocupado de abastecerse de armas y de municiones para la «lucha final» y de «limpiar» la capital de la República de los fascistas, más o menos auténticos en primer lugar, seguidamente de los republicanos, e incluso de los marxistas […] La guinda de ese encantador caos la constituían cinco o seis bombas de dinamita que cada día los huelguistas colocaban en edificios en construcción para hacerlos saltar por los aires […] Dejé Madrid a comienzos de septiembre. La anarquía que reinaba en la capital ante la impotencia del gobierno, y la falta absoluta de seguridad personal, incluso para las personas liberales -sobre todo, quizá, para ellas- me impusieron esta medida de prudencia […]No quise irme sin llevar conmigo a mi anciana madre de ochenta años de edad y a mi sobrinita, únicas personas que estaban a mi cargo[…]

Dejando al margen los tiempos pretéritos a la dictadura franquista, la exposición de motivos de esta norma enfatiza que […]El conocimiento de nuestro pasado reciente contribuye a asentar nuestra convivencia sobre bases más firmes, protegiéndonos de repetir errores del pasado. La consolidación de nuestro ordenamiento constitucional nos permite hoy afrontar la verdad y la justicia sobre nuestro pasado. El olvido no es opción para una democracia […]. En atención a ese “pasado reciente” conviene recalcar que el artículo 3 de este proyecto de ley establece la consideración de víctima sin incluir tampoco a las víctimas de la banda terrorista ETA; más de 3500 atentados y 864 víctimas mortales desde 1968 hasta 2010. De todas estas personas, 44 de ellas fueron asesinadas con anterioridad a la muerte de Franco en 1975, y la inmensa mayoría lo fueron una vez iniciada la democracia.

Uno de los episodios más crueles del fanatismo etarra tuvo lugar en la mañana del 17 de octubre de 1991, con la colocación de una bomba lapa en el coche en el que viajaban Irene Villa y su madre. Irene, que en el aquel momento tenía solo doce años, perdió las dos piernas y tres dedos de una mano, y su madre perdió una pierna y un brazo. Unos años antes, en 1987, el atentado de ETA en Hipercor de la meridiana de Barcelona se había saldado con 21 muertos y 45 heridos. Unos meses después, el atentado contra la Casa cuartel de Zaragoza arrojó un nuevo y funesto saldo de 11 muertos y 88 heridos. Entre los fallecidos en ambos atentados hubo 5 niñas y 4 niños. Estos son solo algunos de los innumerables ejemplos de todas las atrocidades pergeñadas por Euskadi Ta Askatasuna tras la dictadura franquista.

En este sentido, en fechas recientes el Parlamento Europeo, a través de una delegación especial encargada de investigar los más de 379 asesinatos de ETA aún sin resolver, ha concluido que estos crímenes deberían considerarse de lesa humanidad, incluso los anteriores a 2004, y por tanto imprescriptibles.

El Código Penal en su artículo 510 tipifica el denominado delito de odio. Así, este artículo dispone que (…) Serán castigados con una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses (…) Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.(…) Este mecanismo legal permite por tanto castigar cualquier acto de exaltación del totalitarismo o el terrorismo, y ello con independencia de que se intente alentar los crímenes cometidos durante el franquismo, durante la guerra civil o bien los perpetrados durante la Segunda República.

 La introducción de nuevas leyes, más allá del marco jurídico penal, que introduzcan un nuevo catálogo de infracciones, corren el peligro de incurrir en falta de rigor y arbitrariedad a la hora de sancionar determinados comportamientos, dejando impunes otros. Esta nueva norma pone su foco en los crímenes cometidos durante guerra civil y posterior dictadura, obviando en su aplicación sucesos de extrema gravedad acaecidos durante el resto de nuestro siglo XX. 

Un verdadero ejercicio de memoria democrática debería retrotraernos a nuestra memoria más inmediata, y así recordar que la banda terrorista ETA cometió su último asesinato en 2010. No obstante, a día de hoy continúan los Ongi etorri, mientras un ex vicepresidente del actual gobierno clama que “Arnaldo Otegi ha demostrado un compromiso por la paz y la normalización política que todos los demócratas debemos celebrar y agradecer”. Un verdadero ejercicio de memoria democrática debería, por supuesto, conducirnos al mayor de los repudios por el asesinato de Federico García Lorca a manos de sus verdugos, pero no debería hacernos olvidar que Pedro Muñoz Seca fue ejecutado junto a miles de personas en Paracuellos del Jarama. Una memoria histórica sensata debería hacernos llorar recordando el bombardeo de Guernica por aviones nazis, así como el bombardeo de Cabra por aviones soviéticos. Otro tanto podríamos decir de los asesinatos de los abogados de Atocha o de Francisco Tomás y Valiente. 

La única forma responsable de abordar en lo legal un proceso de memoria de nuestra historia debe contar con un apoyo parlamentario mucho más extenso que el actual; un consenso fraterno lo más similar posible al que permitió la aprobación de la Constitución, que verdaderamente busque la reparación y no la retaliación. Solo de esa forma dejaremos atrás el azul falange y el rojo bolchevique.

Permítanme un último apunte sobre esta ley. Y antes de leerlo recuerde que a día de hoy la lista de fallecidos por coronavirus, que se suman por decenas de millares, aún no se ha cerrado. La Disposición adicional undécima dispone que, en reconocimiento del sufrimiento padecido por las personas que fueron afectadas por el poliovirus durante la pandemia que asoló a España a partir de los años cincuenta del siglo XX, el Gobierno promoverá investigaciones y estudios que esclarezcan la verdad de lo acaecido respecto de la expansión de la epidemia durante la dictadura franquista, así como las medidas de carácter sanitario y social en favor de las personas afectadas por la polio.

Es síntoma común de las personas afectadas de demencia senil eliminar los recuerdos más inmediatos, y preservar los más remotos.Al igual que las personas que padecen este castigo del alma, esta intentona legal dificulta recordar delitos execrables que tuvieron lugar hace poco más de una década, pero si invita a rememorar con aparente nitidez aquellos que tuvieron lugar hace 70 años.

Elija usted el titular que prefiera: demencia histórica o memoria selectiva. Nuestros muchos pesares por los crímenes cometidos durante el franquismo no deberían conducirnos al delirio lisérgico de que la República fue una fiesta de pijamas. No, no lo fue. Ni tampoco lo fueron los funestos crímenes de la barbarie etarra que entran de lleno en la definición literal de genocidio.

Entienda usted, fiel amigo, que no solo es posible, sino también plausible, ser antifascista y anticomunista a la vez: ambas cosas. Si solo se sitúa usted en una de esas dos trincheras podría acabar siendo lo que Ortega y Gasset definía como “el hemipléjico moral”.

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4 Comments

  1. El mismo problema de tuertos ocurre en Argentina. Un tema que estaba muerto lo resucitó el bizco Kirchner (para robar mejor mejor: con la impunidad que da el «progresismo»).
    Es que el comunismo es tan «romántico»…

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