Apología de la Democracia

En esta sociedad de origen judeocristiana en sus convicciones morales suele ser un buen recurso para el pensamiento en muchas situaciones de la vida cotidiana recurrir a pasajes de la Biblia, el libro más editado, vendido y leído del mundo, al igual que hay quiénes recurren a esas frases de renombre de pensadores, escritores o artistas de la Historia, que no tienen respecto a las frases que comulgan más gloria que el acierto, casi siempre, en lo que sentencian; o bien a otros libros con contenido moral o burlón de la misma vida y sus circunstancias como El Quijote, El Principito o El lazarillo de Tormes.

En estas me hallaba yo, en estos días, cuando recordé el pasaje de la Biblia correspondiente al Buen Ladrón. San Lucas describe en este capítulo la hora en la que Jesucristo estaba, junto a dos hombres más y en el centro de ambos, crucificado y a la espera de su muerte. Es en este momento en el que uno de estos hombres, crucificados también, pero en este caso por haber robado, se dirige a Jesús, arrepentido, y le pide que no lo abandone. Mientras esto ocurre, el otro ladrón crucificado se dirige también a Jesús, renegándolo y haciendo burlas por su situación.

Es el momento en el que Jesucristo otorga su perdón al buen ladrón y le dice que esa misma noche estarían juntos en el Paraíso. Los libros apócrifos son los que dan nombre a este buen ladrón, Dimas, ya que en el evangelio de Lucas no aparece. Y es considerado, asimismo, el primer santo proclamado por el mismo Jesucristo en ese momento, aunque la Iglesia católica nunca lo proclamó.

Jesucristo para los cristianos es quién elabora, de alguna manera, los principios morales con la predicación de sus enseñanzas. Es quién, a través de las escrituras de los evangelios, muestra el camino de la salvación para los cristianos. Y sí, efectivamente, en no pocas ocasiones instituye el perdón a través del arrepentimiento y el deseo e intención expresa de no volver a pecar.

En nuestro sistema jurídico y en nuestro código penal, existe la máxima de que un delincuente, ladrón o asesino purga su deuda con la sociedad a través del cumplimiento de una sentencia. Una vez que termina su periodo en la cárcel, cumple con los requisitos económicos exigidos y purga, en el caso de que la sentencia incluyera este punto, los años que se estipule de no poder acceder a cargo público, esa persona se convierte en un ciudadano libre y pleno en derechos y obligaciones y se produce el objetivo último, su reinserción. Y esto ocurre para cualquier delincuente por cualquier delito en el que haya tenido una sentencia condenatoria. Esa es nuestra Ley, que no incluye en ningún momento como elemento necesario el arrepentimiento. Tan sólo aparece éste como atenuante, antes de la sentencia, y siempre que junto a ese arrepentimiento se haya producido la intención efectiva de reparar el daño causado.

En esta diferenciación de la ejecución del perdón habría que citar también, quizás, ese otro pasaje de los evangelios en el que Jesucristo es puesto a prueba con una moneda y termina sentenciando aquello de “dadle al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios”. Y es que, probablemente, el arrepentimiento de cualquier acción entra dentro más del ámbito de lo moral que de lo público, de lo jurídico.

Y viene todo esto a colación de la enorme polémica suscitada en torno a las listas de Bildu e, incluso, a las peticiones de ilegalización de este partido. Con la Ley en la mano, hoy por hoy, no cabe la posible ilegalización al no existir ningún elemento en firme que le pueda ser atribuido de aquellos que se encuentran en el artículo 9 de la Ley de partidos, que en sus apartados 2, 3 y 4 indican lo siguiente:

2. Un partido político será declarado ilegal cuando su actividad vulnere los principios democráticos, particularmente cuando con la misma persiga deteriorar o destruir el régimen de libertades o imposibilitar o eliminar el sistema democrático, mediante alguna de las siguientes conductas, realizadas de forma reiterada y grave:

a) Vulnerar sistemáticamente las libertades y derechos fundamentales, promoviendo, justificando o exculpando los atentados contra la vida o la integridad de las personas, o la exclusión o persecución de personas por razón de su ideología, religión o creencias, nacionalidad, raza, sexo u orientación sexual.

b) Fomentar, propiciar o legitimar la violencia como método para la consecución de objetivos políticos o para hacer desaparecer las condiciones precisas para el ejercicio de la democracia, del pluralismo y de las libertades políticas.

c) Complementar y apoyar políticamente la acción de organizaciones terroristas para la consecución de sus fines de subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública, tratando de someter a un clima de terror a los poderes públicos, a determinadas personas o grupos de la sociedad o a la población en general, o contribuir a multiplicar los efectos de la violencia terrorista y del miedo y la intimidación generada por la misma.

3. Se entenderá que en un partido político concurren las circunstancias del apartado anterior cuando se produzca la repetición o acumulación de alguna de las conductas siguientes:

a) Dar apoyo político expreso o tácito al terrorismo, legitimando las acciones terroristas para la consecución de fines políticos al margen de los cauces pacíficos y democráticos, o exculpando y minimizando su significado y la violación de derechos fundamentales que comporta.

b) Acompañar la acción de la violencia con programas y actuaciones que fomentan una cultura de enfrentamiento y confrontación civil ligada a la actividad de los terroristas, o que persiguen intimidar, hacer desistir, neutralizar o aislar socialmente a quienes se oponen a la misma, haciéndoles vivir cotidianamente en un ambiente de coacción, miedo, exclusión o privación básica de las libertades y, en particular, de la libertad para opinar y para participar libre y democráticamente en los asuntos públicos.

c) Incluir regularmente en sus órganos directivos o en sus listas electorales personas condenadas por delitos de terrorismo que no hayan rechazado públicamente los fines y los medios terroristas, o mantener un amplio número de sus afiliados doble afiliación a organizaciones o entidades vinculadas a un grupo terrorista o violento, salvo que hayan adoptado medidas disciplinarias contra éstos conducentes a su expulsión.

d) Utilizar como instrumentos de la actividad del partido, conjuntamente con los propios o en sustitución de los mismos, símbolos, mensajes o elementos que representen o se identifiquen con el terrorismo o la violencia y con las conductas asociadas al mismo.

e) Ceder, en favor de los terroristas o de quienes colaboran con ellos, los derechos y prerrogativas que el ordenamiento, y concretamente la legislación electoral, conceden a los partidos políticos.

f) Colaborar habitualmente con entidades o grupos que actúen de forma sistemática de acuerdo con una organización terrorista o violenta, o que amparan o apoyan al terrorismo o a los terroristas.

g) Apoyar desde las instituciones en las que se gobierna, con medidas administrativas, económicas o de cualquier otro orden, a las entidades mencionadas en el párrafo anterior.

h) Promover, dar cobertura o participar en actividades que tengan por objeto recompensar, homenajear o distinguir las acciones terroristas o violentas o a quienes las cometen o colaboran con las mismas.

i) Dar cobertura a las acciones de desorden, intimidación o coacción social vinculadas al terrorismo o la violencia.

4. Para apreciar y valorar las actividades a que se refiere el presente artículo y la continuidad o repetición de las mismas a lo largo de la trayectoria de un partido político, aunque el mismo haya cambiado de denominación, se tendrán en cuenta las resoluciones, documentos y comunicados del partido, de sus órganos y de sus Grupos parlamentarios y municipales, el desarrollo de sus actos públicos y convocatorias ciudadanas, las manifestaciones, actuaciones y compromisos públicos de sus dirigentes y de los miembros de sus Grupos parlamentarios y municipales, las propuestas formuladas en el seno de las instituciones o al margen de las mismas, así como las actitudes significativamente repetidas de sus afiliados o candidatos.

Serán igualmente tomadas en consideración las sanciones administrativas impuestas al partido político o a sus miembros y las condenas penales que hayan recaído sobre sus dirigentes, candidatos, cargos electos o afiliados, por delitos tipificados en los Títulos XXI a XXIV del Código Penal, sin que se hayan adoptado medidas disciplinarias contra éstos conducentes a su expulsión.

De la lectura de este artículo se desprende, entre otras cosas, que tras la disolución de ETA, no cabría la posibilidad de relacionar las actividades, económicas, ideológicas o políticas, de cualquier partido con una banda terrorista inexistente. Por lo tanto, Bildu tiene legitimación legal para poder estar como cualquier otro partido político, representando a los ciudadanos. Esto, a no ser que en algún momento se demostrara, esperemos que nunca, que ETA aún existe y pueda tener algún tipo de organización secreta.

Respecto a la participación política de ex miembros de ETA, debemos en este punto, también, recurrir a la legalidad en nuestro país que, efectivamente, no impide su participación en la vida política una vez expirada y cumplida la condena a la que fueran sentenciados. Esa es la realidad, pese a quién pese. Otra cosa bien distinta es que quepa la sospecha más que razonable de que si en las listas de un partido político de un territorio relativamente pequeño se incorporan 46 condenador por pertenencia a una banda terrorista extinta, que haya algún tipo de relación, de herencia, de aquella organización terrorista. Porque, claro, una cosa es defender los mismos objetivos por otra vía y otra bien distinta es presentar como referentes de la misma a aquellos que participaron y no han mostrado arrepentimiento por ello, de la vía de la violencia hacia el Estado para conseguir esos objetivos.

Pero también es cierto que una cosa es la sospecha, basada en unos indicios más que importantes y delatores, y otra bien distinta es la certeza basada en un juicio que nunca se ha producido ni tiene indicios de producirse, de que exista alguna ilegalidad al respecto cuando el Estado considera que estas personas, además, han pagado sus delitos con el cumplimiento de las penas impuestas. ¿Sin arrepentimiento? Nuestras leyes no lo exigen.

¿Pactar con un partido de estas características? Si nos encontramos con un partido legal que no incumple ninguna norma que pueda llevar a su ilegalización el pacto con un partido de estas características no incumple, tampoco ninguna ley de nuestro país y se entiende como un acto democrático.

¿Es moral? Y aquí entramos en terrenos calientes. Y es que, en España, la moralidad propia acaba cuando empieza la de enfrente y la define ese término que acuñaron los sofistas con “relativismo moral”. ¿Tiene autoridad moral un partido que se ha sentado a negociar con una banda terrorista en nombre del mismo Estado a reprochar, desde esos mismos términos morales, a un partido que pacta con un partido legal, aunque heredero de las pretensiones de aquellos, su sostenibilidad en el Gobierno central o en los gobiernos de municipios o comunidades autónomas? Pues quizás la clave pueda estar en dependiendo qué pacten, bajo qué condiciones y con qué objetivos. Eso, de entrada. El problema que ante esto se plantea, por supuesto, es el silencio de los acuerdos a los que llegan los partidos en el secretismo de las reuniones de despacho. También el PP sostuvo en su momento la gobernabilidad de España en acuerdos con CIU, que no se nos olvide, y muchos recordarán bajo la sospecha de a qué precio.

Ni mucho menos estoy justificando a unos u a otros, sino todo lo contrario. El propio PSOE le ha reprochado en muchos momentos esas reuniones con la banda terrorista y el propio Sánchez prometió no pactar con Bildu como San Pedro prometió no negar a Jesucristo. Y es que en esto, como en todo, y no dejo de insistir, en nuestro panorama político no está reinando sino el parecer sobre el ser. Y el precio de tal osadía, que releva la política a estadios de fanatismo y seguidismo poco comprensible y poco reflexivo, nos aleja de la realidad y nos introduce en un reality que nos aleja realmente de los verdaderos problemas.

Los casos de “okupación” en España han crecido un 30 por ciento desde que gobernaba el PP. Pero es que, cuando gobernaban ellos también existía la okupación y no se preocuparon por legislar ni por solucionar adecuadamente el problema de la vivienda en una España en la que existen muchas familias que pasan por enormes necesidades y carecen de vivienda y recursos para adquirirla o alquilarla. Y esto, no lo podemos consentir. Pues claro que se trata de una responsabilidad del Estado y no de los propietarios de viviendas cuyos recursos, en muchas ocasiones, también dependen de esas propiedades, para su alquiler o venta y que, además, están provocando un sobregasto en suministros que gastan quiénes se meten a vivir en ellas sin posibilidad legal de cortárselas. ¿Y por qué no se hace cargo el Estado de esos gastos? ¿Por qué no se estima esta usurpación de viviendas también como un robo? Porque muchas de estas viviendas no están vacías, sino que tienen muebles y pertenencias, en muchas ocasiones de valor económico, pero otras de un valor emocional irremplazable. Y ya sabemos cómo acaban todas ellas…

Sigo pensando y dándole vueltas y, cómo no, llegando a situaciones en las que, piensen, un partido político introduce en sus listas a 50 condenados por delitos sexuales y violencia de género, algunos con delitos de sangre… y no arrepentidos, pero que hubiesen pagado sus penas, ¿qué no se produciría en este país?

Estamos ante un tema moral, ético, en el que nos vienen a muchos a la cabeza a las víctimas, a las personas que aún viven, a los familiares de aquellos, a los que les falta parte de su cuerpo por una bomba o un disparo. Pero también se me vienen a la cabeza los miles y miles de ciudadanos del País Vasco que votan y votarán la semana que viene a esta formación política y convertirá a sus candidatos en alcaldes o dará la llave de la gobernabilidad, de una manera u otra al gobierno autonómico. Quizás el problema no sea tanto, que también, de moralidad política.

Quizás el mayor problema es que no se ha sabido conectar con el pueblo vasco hasta el punto de que, ese sentimiento regionalista o nacionalista no sea un impedimento para entender que el Estado no es enemigo de su pueblo sino que siendo parte del mismo, por razones históricas y por intereses económicos y sociales, el País Vasco siempre va a ser más fuerte y relevante desde el respeto y la tolerancia, esa misma que venden desde algunos sectores políticos pero que, en ocasiones, les cuesta tanto aplicarse cuando se trata del otro y no de ellos mismos.

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