Habrá menos cárcel para el violador

Muchos teníamos claro tiempo atrás que Irene Montero tendría su ley del “solo si es si”. Lo que yo personalmente no podía imaginar es que se atreviera a llegar tan lejos, ni que el gobierno del que forma parte se lo permitiera. Y es por ello que, a pesar de los rumores que leía en prensa y escuchaba en los mentideros de la capital, decidí aguardar a ver esta calamidad publicada en el Boletín Oficial del Estado. Ahora ya es derecho positivo. Cuando entre en vigor, en fechas próximas, obligará a ciudadanos y jueces.

Con fecha de 7 de septiembre se ha publicado la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual. Su Disposición final cuarta procede a modificar el Código Penal. Tal como apuntaba un servidor de ustedes en anterior artículo en este mismo medio, titulado “¿Abuso o agresión?”, la referida ley elimina la distinción entre agresión y abuso sexual, considerándose agresiones sexuales todas aquellas conductas que atenten contra la libertad sexual sin el consentimiento de la otra persona, sin necesidad de que concurra violencia o intimidación.

Esa disposición final cuarta, a mayor gloria de la náusea, establece un nuevo contenido para los artículos 178, 179 y 180 del Código Penal. Así, la norma establecía en los casos de agresión sexual una pena de prisión de uno a cinco años. Ahora, con la Ley de Irene Montero, la pena privativa de libertad se reduce de uno a cuatro años.

Cuando la agresión sexual consiste en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable era castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a doce años. Ahora, con la Ley de Irene Montero, la pena de prisión pasa a ser de cuatro a doce años.

Las agresiones sexuales, si revisten un carácter particularmente degradante o vejatorio, o también si concurren circunstancias de extrema crueldad tales como que se cometan contra una persona que se halle en una situación de especial vulnerabilidad por razón de su edad, enfermedad, discapacidad, o el agresor se hubiera prevalido de una situación de convivencia o de una relación de superioridad o parentesco, o bien haga uso de armas u otros medios igualmente peligrosos, eran castigadas con penas de prisión de cinco a diez años, o bien doce a quince años si la víctima es penetrada. Ahora, con la Ley de Irene Montero, las anteriores conductas serán castigadas con la pena de prisión de dos a ocho años, o bien de siete a quince años.

Voy a traducirlo a román paladino: Si un malnacido violenta a su propia hija o a una niña discapacitada, antes se comía un mínimo de 5 calendarios en el talego. Ahora serán solo dos. Si lo ha hecho penetrándola vaginal o analmente era condenado a un mínimo de doce años. Ahora serán solo siete.

Mucho se ha especulado en las pasadas semanas en relación a que este nuevo disparate legal pudiera ser empleado por los abogados de individuos ya condenados por agresión o abuso sexual para reducir las penas privativas de libertad que cumplen sus clientes. Sin conocer en detalle lo que disponga o pueda disponer en el futuro a este respecto la jurisprudencia del Tribunal Supremo ¿Por qué no habría de ser así? En este sentido, el artículo 2 del Código Penal, que no ha sido modificado por la Ley Montero, dispone expresamente que tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena.

Voy a traducirlo a román paladino: Si un hijo de Satanás fue condenado a una pena de cinco años por agredir sexualmente, lo que parece, a no ser que Irene nos lo aclare, es que la nueva norma podría serle aplicada de forma retroactiva y cumplir cuatro años.

Algo que me cabreo casi tanto como lo que les he resumido, fue la clamorosa acogida por parte del gran público de esta ley ignota. La ministrable morada se apresuró a celebrar en sus redes sociales la promulgación de sus antojos clamando “El solo si es si en el BOE. Que viva la lucha de las mujeres”, para regocijo de sus acólitas, followers y “agradaoras”. Algunos de los comentarios de sus partidarias que leí en su facebook, que me hicieron perder al menos una hora de sueño, eran reflejo no solo de una ignorancia supina, sino de una indolencia no tanto ingenua como temeraria; algo así como la que decide apagar un fuego con un chorro de gasolina.

Como ya saben, esta nueva ley toma su nombre de la nueva definición que introduce del consentimiento sexual en el Código Penal: […]Sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona. […]

Más allá de que este “concepto” parece haber sido acuñado por Perogrullo, el mismo plantea dilemas en relación a cómo podrá ser articulado en el transcurso de un proceso penal. ¿Qué gestos o actitudes darán o no visibilidad a ese consentimiento? Juro por mi vida que esta es una pregunta real y no retórica.

Lo que sí parece concluyente es que, mientras se lanza un balón de oxígeno en lo legal a criminales que cometen salvajes tropelías, se lanza una llamada de atención, un clarinazo, al ciudadano varón anónimo (la inmensa mayoría; los que no matamos ni violamos) para que no se convierta en ellos, como si de algún modo su biología fuera el destino labrado en piedra de un potencial violador.

Tú, vecina, si estás leyendo esto y has apoyado con tus “likes” esta epopeya del género, ten en cuenta que ya es buena hora de que mires el dato y no el relato, de que te des cuenta de que quien te escribe estas líneas no es un abusador ni un potencial feminicida solo por los atributos identitarios con los que nació ni por criticar esta ley desnortada. Tampoco tiene que ver con ser de izquierdas o derechas.

Esta pataleta legal no te brindará mayor seguridad al volver a casa sola, ebria o sobria. Uno de los mayores alivios que puede sentir una joven que ha sido agredida sexualmente es saber que su agresor estará a la sombra el mayor tiempo posible. Te han cebado con el relato falaz de que en cualquier esquina y en cualquier momento serás sodomizada por cualquier varón nacido de mujer, mientras preparaban una rebaja de cárcel para los canallas que lo hicieron o planean hacerlo. Esto no es mansplaining, es la ley de la gravedad y la tienes ante tus ojos.

Las espantosas consecuencias que esto tenga en el futuro no serán el capricho de un juez que haya de condenar a un depredador sexual a menos años de cárcel. No será esa “justicia heteropatriarcal tardofranquista” quien decida excarcelar a un monstruo; es la ley la que obliga al que juzga.

Trasladaré ahora la célebre frase de Edmund Burke a lenguaje inclusivo: “Lo único necesario para que triunfe el mal es que las personas de buena voluntad no hagan nada”.

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